Cláusula de subarrendamiento. ¿Cuándo es necesario incluirla en el contrato de alquiler?

Si es usted propietario o propietaria y no desea que su vivienda sea subarrendada por su inquilino, el contrato debe recogerlo como prohibición.

 

Estas son las cláusulas que deberías incluir en el contrato de alquiler con la nueva Ley de Vivienda.

A la hora de firmar un contrato de alquiler, el arrendador y el arrendatario deberán establecer todas las cláusulas necesarias para formalizar el acuerdo. En este sentido, si el propietario no desea que su vivienda sea subarrendada por el inquilino, deberá aparecer dicha prohibición en el contrato.

El subarrendamiento sucede cuando el inquilino realquila parte de la vivienda a otra persona. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 29/1994, del 24 de noviembre, «el contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador».

¿Qué es el subarriendo?

El subarriendo es el derecho que tiene un inquilino para dar en alquiler el inmueble que a su vez está alquilando. El subarriendo debe hacerse constar por escrito con un contrato que, en lugar de llamarse contrato de arrendamiento, se llama contrato de subarrendamiento. Además, el subarrendamiento no puede darle a las personas que lo firman más derechos o quitar obligaciones de las que tiene el arrendatario (inquilino primero) en el contrato de arrendamiento. Pues el contrato de subarrendamiento siempre dependerá del contrato de arrendamiento principal.

Las partes en un contrato de subarrendamiento se llaman Subarrendador y Subarrendatario. El subarrendador es la persona que es el arrendatario en el contrato de arrendamiento y el subarrendatario es una persona “nueva” que es ajena al contrato de arrendamiento.

¿El subarrendamiento es una práctica legal?

Si en el contrato de arrendamiento no se estipula nada relacionado, «se da por supuesto que el inquilino sí que puede subarrendar la vivienda, pero siempre y cuando pida autorización previa al propietario por escrito y de manera fehaciente».

Por tanto, el consentimiento del dueño de la vivienda tiene que emitirse por escrito, ya que verbal no tiene validez en este caso. «Hay que tener en cuenta que el subarriendo ha de plasmarse en un nuevo contrato que lleve a cabo el arrendatario con un tercero y que tiene como objeto la totalidad o parte de la vivienda arrendada». 

El nuevo contrato deberá incluir los datos del contrato de arrendamiento inicial, esto es, «debe quedar claro su nombre, la zona de la casa que se subarrienda y el precio por el que se hace», añaden.

Si un inquilino subarrienda una parte de la vivienda de manera ilegal, sin el consentimiento o sin avisar al propietario, puede sufrir una resolución del contrato ante el juzgado. Asimismo, en el caso de subarrendar una habitación, es importante saber que el inquilino principal es el responsable de posibles daños ante el arrendador.

 

Fuente: 20minutos  Iberley  

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