¿Cuándo se extingue la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia no se extingue con la mayoría de edad de los hijos.

Al contrario de lo que erróneamente cree mucha gente, la pensión alimenticia no se extingue con la mayoría de edad de los hijos.

Por este motivo, habrá que solicitar su extinción cuando se estime que ya no existe la obligación de pagarla de manera expresa. Mientras tanto, resulta de vital importancia seguir ingresando la pensión de alimentos en la cuenta de la ex pareja o en la cuenta de la persona designada para recibir la pensión, especialmente si así lo determina el convenio o sentencia de separación.

Hay que tener en cuenta que la pensión de alimentos a favor de los hijos, si bien no se extingue automáticamente cuando éstos cumplen la mayoría de edad, tampoco puede durar para siempre, relacionándose su desaparición con el momento en que se alcanza la independencia económica.

La pensión de alimentos a favor de los hijos, no se extingue automáticamente cuando éstos cumplen la mayoría de edad.

A veces se fija un límite temporal. Otras veces, hay un límite basado en objetivos, por ejemplo, terminar los estudios, encontrar trabajo, etc.

No hay que perder de vista que se trata de una obligación de los progenitores, pero la jurisprudencia no ampara que los hijos se aprovechen de ello y que prolonguen indefinidamente el derecho a cobrarla a través de su inacción.

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Dicho lo anterior, te presentamos algunas de las circunstancias que, por lo general, permiten la extinción de la pensión alimenticia son:

  1. El fallecimiento del alimentista o del alimentante.
  2. Que el hijo incurra en causa de desheredación, incremente su patrimonio, acceda a un empleo o no lo haga por mala conducta o falta de aplicación.
  3. Que el patrimonio del obligado al pago se reduzca tanto que no pueda satisfacer los alimentos sin desatender sus propias necesidades. En este caso, se puede optar por la modificación o suspensión de la obligación (siempre expresa), pero difícilmente por su extinción.
  4. La falta de relación entre el progenitor y el hijo, por causas imputables únicamente al hijo.

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