En los últimos años, el alquiler por habitaciones ha aumentado significativamente, sobre todo en ciudades universitarias o zonas con alta demanda de vivienda compartida. Pero, ¿qué ocurre cuando uno de los inquilinos deja de pagar? En este artículo te explicamos en detalle el procedimiento de desahucio por impago de alquiler de habitación, un proceso cada vez más habitual que requiere asesoramiento legal especializado.
🔍 ¿Es posible desahuciar a un inquilino de habitación?
Sí. Aunque el procedimiento más habitual es el desahucio por impago de vivienda completa, también es posible iniciar un desahucio si el contrato es por una habitación individual. Esta modalidad suele regirse por el Código Civil, ya que no siempre se encuentra amparada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Cuando uno de los inquilinos deja de pagar o genera problemas de convivencia, puede alterar la dinámica de toda la vivienda, incluso provocando la marcha del resto de arrendatarios. Actuar con rapidez es clave para evitar mayores perjuicios.
📝 ¿Cómo es el proceso de desahucio por impago?
1. Presentación de la demanda
El procedimiento comienza con la presentación de una demanda de desahucio en el juzgado correspondiente al domicilio arrendado. Es obligatorio contar con abogado y procurador, y todo el trámite se realiza de forma telemática.
En la demanda, se suelen solicitar tres cosas:
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La resolución del contrato y el desahucio del inquilino.
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El pago de las rentas adeudadas.
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El abono de las costas judiciales.
La base legal se encuentra en el artículo 1569.2ª del Código Civil.
2. Admisión a trámite
Una vez revisada, el juzgado emite el decreto de admisión, que incluye las fechas clave: juicio y desahucio programado. Este paso puede tardar entre 30 y 40 días desde la presentación de la demanda.
3. Notificación al inquilino
Es fundamental notificar al inquilino correctamente. Aunque el juzgado puede hacerlo, suele tardar. Por ello, nuestro despacho realiza esta notificación a través del procurador, agilizando el procedimiento hasta en dos semanas.
Si no se logra la notificación personal, se buscan domicilios alternativos o se publica en el BOE.
4. Respuesta del inquilino
Una vez notificado, el inquilino dispone de 10 días para oponerse a la demanda.
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Si no responde, se dicta un decreto de archivo, con efectos similares a una sentencia favorable.
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Si responde y se opone, se celebrará un juicio.
5. Juicio y sentencia
El juicio de desahucio suele ser rápido y basado en documentación. Si el juez da la razón al propietario, dictará sentencia ordenando el desalojo y el pago de la deuda.
6. Lanzamiento o desahucio
Si el inquilino no abandona voluntariamente, se procede al lanzamiento judicial: funcionarios del juzgado acuden a la vivienda para desalojar la habitación y devolver su posesión al propietario.
⚖️ ¿Por qué es importante contar con asesoramiento jurídico?
Los contratos por habitación, aunque frecuentes, no gozan del mismo amparo legal que los contratos completos regulados por la LAU. Además, los procedimientos pueden atascarse por cuestiones técnicas como una notificación mal realizada o una demanda mal redactada.
👉 En el Despacho Jurídico Ana Rebeca Rodríguez, somos especialistas en Derecho Civil y de Familia. Te acompañamos en todo el proceso de desahucio, desde la revisión del contrato hasta el lanzamiento, priorizando siempre una resolución rápida y efectiva.
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