Nuevo Reglamento General de Costas para Expropiar Terrenos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha sacado a consulta pública previa un proyecto de RD para modificar el RD de 2014 en el que se establece el Reglamento General de Costas.

El Tribunal Supremo anuló el Real Decreto de Costas del 1 de agosto de 2022, y desde entonces varios ayuntamientos han anunciado su intención de solicitar al Estado la devolución de los terrenos expropiados por estar muy cerca de la costa. Sin embargo, el Ministerio para la Transición Ecológica, encabezado por Teresa Ribera, ya prepara un nuevo Real Decreto para dar continuidad al Reglamento General de Costas anulado, y así evitar deshacer los deslindes en marcha e incorporar nuevos terrenos a futuros deslindes.

A pesar de que el pasado febrero el Tribunal Supremo tumbó la norma anterior al respecto por deficiencias en su tramitación, el Gobierno acelera la aprobación de un nuevo Reglamento General de Costas para expropiar terrenos de ayuntamientos, empresas y ciudadanos cercanos al mar y, a la vez, evitar tener que devolver los ya adueñados en los últimos dos años.

Este nuevo documento ha sido sometido a consulta pública hasta el próximo 21 de marzo (trámite que se omitió en el anterior Reglamento y por lo que lo tumbó el Supremo), indica que el objetivo de la nueva norma es regular «el otorgamiento de concesiones y prórrogas, limitando su duración» en las instalaciones cercanas a la costa. Esto es lo que blinda al Estado para expropiar terrenos.

Para los titulares de los terrenos que tras la revisión del deslinde se incorporaran al dominio público marítimo-terrestre, en el Reglamento anulado se establecía que «pasarán a ser titulares de un derecho de ocupación y aprovechamiento, a cuyo efecto la Administración otorgará de oficio la concesión, salvo renuncia expresa del interesado». «La concesión se otorgará por 75 años contados a partir de la fecha de aprobación del deslinde, respetando los usos y aprovechamientos existentes, sin obligación de abonar canon».

Ahora, con la nueva norma, la Administración busca controlar estas concesiones y prórrogas, porque el anterior Reglamento señalaba que el plazo máximo para la concesión de una actividad o instalación junto a las pertinentes prórrogas no podía superar en su conjunto los 75 años y, si había un acuerdo de deslinde (es decir, que el Estado podía incorporar estos terrenos dentro de su propiedad) suspendía cualquier autorización o concesión.

El Ministerio para la Transición Ecológica justifica su nuevo documento en el otorgamiento de concesiones y prórrogas, limitando su duración y asegurando un procedimiento imparcial, transparente y de concurrencia competitiva cuando proceda, con el fin de garantizar que el dominio público marítimo-terrestre sea debidamente protegido para el uso y disfrute públicos y para asegurar su conservación y la protección de sus características naturales.

También que las definiciones legales de ciertos bienes de Dominio Público Marítimo Terrestre sea acorde con los constatados efectos del cambio climático en la costa española y la necesidad de fomentar su resiliencia desde las normas que contienen su régimen jurídico.

La Administración señala que el calentamiento global «ya es un hecho y, en este siglo, el nivel medio del mar en nuestras costas ascenderá más de medio metro». Por ello «se hace prioritario progresar en la adaptación de la normativa de costas a la nueva realidad climática».

Si eres víctima de la expropiación de tu terrenos y dudas de la legalidad de la misma, no dudes en contactarnos. Te asesoraremos de manera personalizada y eficaz.

Artículos relacionados: Canarias ve “abuso de poder” en la decisión del Ministerio de Transición Ecológica.