Las tarjetas revolving continúan siendo objeto de atención en el ámbito jurídico español en 2025. Estas tarjetas permiten aplazar pagos mediante cuotas mensuales, pero suelen estar asociadas a tipos de interés elevados, lo que ha llevado a numerosos litigios por posibles prácticas abusivas.
Actualizaciones legales recientes
En febrero de 2023, el Tribunal Supremo estableció que se considera usura en un contrato revolving si la Tasa Anual Equivalente (TAE) supera en al menos 6 puntos porcentuales el interés medio de este tipo de productos en el momento de la contratación. Este criterio ha sido fundamental para determinar la abusividad de los intereses aplicados en estas tarjetas.
Además, en diciembre de 2024, la Audiencia Provincial de Logroño anuló un contrato de Cofidis al considerar que se había enmascarado un préstamo al consumo como una línea de crédito revolving con una TAE del 24,51%, cuando el tipo adecuado para ese producto era del 7,65%. Esta sentencia refuerza la necesidad de transparencia en la comercialización de estos productos financieros.
Opciones de reclamación para los consumidores
Los usuarios de tarjetas revolving que consideren que han sido víctimas de prácticas abusivas pueden explorar las siguientes vías de reclamación:
- Usura: Si la TAE de la tarjeta supera en más de 6 puntos porcentuales el interés medio en el momento de la contratación, es posible solicitar la nulidad del contrato por usura.
- Falta de transparencia: Si la entidad financiera no proporcionó información clara y comprensible sobre el funcionamiento y coste real de la tarjeta, se puede alegar falta de transparencia en la contratación.
- Intereses abusivos: Incluso si los intereses no se consideran usurarios, pueden ser declarados abusivos si se demuestra que causan un desequilibrio importante entre las partes.
Pasos para iniciar una reclamación
- Reunir documentación: Recopilar el contrato de la tarjeta, extractos mensuales y cualquier comunicación con la entidad financiera.
- Análisis de intereses: Comparar la TAE aplicada con el interés medio en la fecha de contratación, disponible en las estadísticas del Banco de España.
- Reclamación extrajudicial: Presentar una queja formal ante la entidad financiera solicitando la nulidad del contrato y la devolución de los intereses pagados en exceso.
- Acción judicial: Si la entidad no responde favorablemente, se puede interponer una demanda ante los tribunales competentes.
Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho bancario para maximizar las posibilidades de éxito en la reclamación.
Conclusión
En 2025, las tarjetas revolving siguen siendo objeto de escrutinio legal debido a sus elevadas tasas de interés y prácticas de comercialización. Los consumidores afectados disponen de diversas vías para reclamar la nulidad de estos contratos y recuperar los intereses pagados indebidamente. La jurisprudencia reciente refuerza la posición de los usuarios en la defensa de sus derechos frente a prácticas financieras abusivas.
Este artículo ha sido redactado por el Despacho Jurídico Ana Rebeca Rodríguez, con sedes en San Cristóbal de La Laguna e Icod de Los Vinos, en Tenerife, Canarias. Nuestro equipo de expertos está a su disposición para asesorarle en materia de derecho financiero y protección al consumidor.