La liquidación de bienes gananciales ¿Se puede hacer después del divorcio?

Te has divorciado y te preguntas si la liquidación de bienes gananciales se puede hacer después del divorcio.

Sí, la liquidación de la sociedad de gananciales se puede hacer en el momento del divorcio o dejarlo para un momento posterior, aunque lo más aconsejable es hacerlo todo a la vez.

También se puede hacer antes del divorcio, si los cónyuges así lo estiman conveniente.

En todo caso, uno de los efectos del divorcio será la disolución del régimen económico matrimonial de gananciales. En ese momento, las ganancias de los cónyuges dejarán de formar parte del patrimonio común.

¿Cómo se reparten los bienes gananciales tras el divorcio?

Después del divorcio, los bienes gananciales se reparten entre los ex cónyuges.

Para esto hay establecidos una serie de parámetros que tener en cuenta:

  • Corresponden a cada ex cónyuge los bienes privativos que tuviera antes del divorcio.
  • Los bienes gananciales se reparten por mitad.
  • Los bienes adquiridos a plazos desde antes de la sociedad de gananciales serán privativos si el primer pago fue privativo, a excepción de la vivienda común, que pertenece al cónyuge que aportó dinero privativo y a la sociedad de gananciales en proporción a sus respectivas aportaciones.
  • Los bienes adquiridos a plazos durante la vigencia de la sociedad de gananciales serán privativos si el primer plazo fue privativo, y gananciales si fue ganancial.
  • En cuanto a la forma de hacer el reparto, se pueden vender y distribuir el dinero según las mencionadas reglas, o se pueden atribuir a un cónyuge y compensar al otro con una cantidad en metálico.

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