¿Qué incluye la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos incluye los gastos básicos del día a día del hijo o familiar.

El Código Civil artículo 142 define como alimentos lo indispensable para:

  • Sustento.
  • Habitación.
  • Vestido.
  • Educación e instrucción.
  • Gastos de embarazo y parto (cuando no estén cubiertos de otro modo).
  • Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.

Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del receptor de la pensión mientras sea menor de edad y después, aún superada esta edad, cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.

No obstante, en cada caso particular, para determinar qué gastos se consideran incluidos en la pensión de alimentos, hay que acudir al convenio regulador o a la sentencia de divorcio.

Lo mejor es que se determinen con la mayor precisión, pues este es el único modo de evitar controversias posteriores.

En caso de que la determinación no sea clara o surjan diferencias interpretativas, habrá que acudir a los conceptos de gastos ordinarios y extraordinarios.

Por gastos ordinarios en la pensión alimenticia se entiende:
Se consideran gastos ordinarios aquellos que son previsibles y periódicos, como por ejemplo:

  • Vivienda y suministros (luz, agua, gas, teléfono, internet, etc.)
  • Alimentación del menor
  • Ropa y calzado
  • Elementos de aseo
  • Gastos de educación ordinarios en enseñanza pública: libros de texto, matrícula, cuota de la asociación de padres
  • Gastos médicos cubiertos por la sanidad pública
  • Gastos farmacéuticos de uso ordinarios
  • Gastos de ocio ordinarios, incluyendo el teléfono móvil
  • Se consideran incluidos en la pensión de alimentos, salvo pacto en contrario, lo que significa que el cónyuge custodio no puede pedir más dinero a su ex pareja para sufragarlos.

Gastos extraordinarios en la pensión alimenticia:
Son gastos extraordinarios los imprevisibles y eventuales. Entre ellos, habrá algunos necesarios (por ejemplo, una intervención médica puntual o una ortodoncia) y otros no necesarios (como podrían ser las actividades extraescolares).

Al considerarse excluidos de la pensión de alimentos, el cónyuge custodio podrá pedir a su ex pareja que abone el 50% de los gastos extraordinarios.

Que el gasto sea o no necesario determina que deba solicitarse o no el consentimiento del otro cónyuge. En caso de controversia puede acudirse a los tribunales para que sea el juez quien autorice el gasto.

¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?
La cuantía de la pensión de alimentos depende de diversos factores.

Por ejemplo, el número de hijos y sus necesidades, el lugar de residencia y el patrimonio de los progenitores…

Se actualiza anualmente (generalmente conforme al IPC) y puede solicitarse una modificación si así lo recomienda un cambio esencial de las circunstancias familiares.

La pensión alimenticia se fija en función de los ingresos económicos del progenitor que deba abonarla, de los gastos aproximados que cada menor pueda devengar y del número de hijos a percibirla.

Dicha fijación es objetiva, y si bien si hay acuerdo entre las partes se puede fijar la cantidad que ambos acuerden, también es verdad que, en caso de divorcio contencioso, será el juez el que la fijará, en función de los mencionados criterios.

Generalmente, se emplea la herramienta del CGPJ, que permite calcular la pensión procedente en virtud de:

  • Tipo de custodia.
  • Número de hijos.
  • Año en curso.
  • Localidad de residencia del menor.

La cantidad arrojada por esta aplicación suele ser pacífica, pero, en cada caso, un buen abogado de familia podría defender cifras superiores o inferiores en interés de su cliente.

Hay que tener en cuenta que la especial protección que el ordenamiento brinda a esta prestación hace que no dependa de la capacidad de endeudamiento. Además, en algunos casos, podría hacer embargables cantidades que en principio no lo serían.

Por tanto, al contrario que la pensión compensatoria, no se puede dejar de pagar esta prestación por una mala tesitura económica, debiendo respetar siempre la pensión mínima.

Consulta aquí información sobre quién paga la pensión de alimentos o consulta qué puedes hacer ante la situación de imposibilidad de pago de la pensión de alimentos.

Si necesitas asesoramiento legal en esta materia no dudes en consultarnos, te ofreceremos asesoramiento profesional y personalizado.

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