Qué son las serventías: ¿servidumbres de paso o caminos?
La « serventía » es una figura jurídica que se da especialmente en la provincia de León, Galicia, Islas Canarias, Asturias y Salamanca que la define el diccionario de la Real Academia como camino que pasa por terrenos de propiedad particular y que utilizan los titulares de otras fincas para comunicarse con los públicos.
Es decir es un camino comunal constituido voluntariamente por los propietarios de los terrenos por los que discurre y cuya finalidad es obtener derecho de paso desde una vía pública hasta cada una de las fincas que atraviesa.
Por tanto, como señala la Audiencia provincial de León remitiéndose a la STS de 10 de julio de 1985 , es una figura distinta de la servidumbre propiamente dicha, ya que la servidumbre de paso está dotada de un valor jurídico de que carece la « serventía » que sólo se refiere a camino privado.
Y es que las serventías no se habla ni se requiere de la existencia de predio dominante y sirviente.
La serventía es un camino que se constituye sobre terrenos de la propiedad particular de cada uno de los colindantes, y estos colindantes tienen el derecho de usar, disfrutar y poseer en común, a los efectos del paso, no pudiendo hablarse de propiedad de la misma, ni sea concebible el derecho individual a pedir su extinción, reducido sólo a la posibilidad de renunciar al derecho a su utilización.
En este mismo sentido se pronuncia la STS de 14 de mayo de 1993 , y la posterior STS de 12 de abril de 2016 que define la serventía como la vía que pasa por terrenos de propiedad particular, que se constituye por voluntad de los propietarios colindantes, que han cedido terreno en la proporción adecuada a fin de comunicarse con caminos públicos.
Por tanto es una institución consuetudinaria, es decir que existe por la costumbre, que se mantiene y se respeta como algo presente y aceptado por los colindantes.
En suma la serventía es una figura jurídica constituida por un paso o acceso para servicio de fincas colindantes, viniendo a constituir un camino particular de similar configuración a un camino público pero para uso único de las fincas a que se refiere.
Es una institución propia de las Islas Canarias, Galicia y en la comarca del Bierzo.
Una de las características de la serventía es que el derecho de paso se materializa a través de un camino que no es propio o exclusivo de cada propietario de los terrenos por lo que discurre, sino común de todos los titulares de las fincas colindantes a las que sirve de acceso, de manera que la serventía crea una especie de comunidad sobre el espacio ocupado por el camino del que forman parte esos titulares, sin que, en consecuencia, pueda hablarse de relación de predio dominante y sirviente.
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