¿Qué es una Vivienda Vacacional?

Las viviendas denominadas vacacionales están casi a diario en los medios de comunicación, pero:

¿Sabemos qué es una vivienda vacacional? y ¿Cuáles son los requisitos para serlo?

Pues bien, comúnmente se denomina vivienda vacacional a una propiedad disponible para alquilar por periodos breves, generalmente desde unos pocos días hasta algunas semanas.

Su propósito fundamental es servir como un espacio de alojamiento temporal para turistas o viajeros.

Requisitos de una vivienda vacacional
En el caso de Canarias, la definición de vivienda Vacacional aparece en el Reglamento de viviendas vacacionales, aprobada en el Decreto 113/2015, en el cual se cita que:

“Una propiedad es considerada vivienda vacacional, cuando está amueblada y equipada, en condiciones de uso inmediato y es comercializada en canales de oferta turística, para ser cedida temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento vacacional y a cambio de un precio”.

Sin embargo, la cosa es un poco más compleja, ya que se necesitan una serie de requisitos para su explotación.

Te contamos cuáles son:

1. Cédula de habitabilidad
Es el certificado por el cual se comprueba que una vivienda cumple con todos los estándares mínimos de habitabilidad para que los inquilinos puedan vivir en ella. En Canarias, para obtener este documento se deben solicitar los servicios de un técnico autorizado para que emita el certificado.

2. Equipamiento básico
Toda vivienda debe contar con servicios básicos, adaptado al número de personas que van a habitarla. Es imprescindible que en el inmueble esté presente un botiquín de primeros auxilios y cierre de seguridad interior de las puertas.

En espacios como dormitorios, cocina o baños deben estar presentes elementos como sabanas, toallas, platos, cuchillos, tenedores, rollos de papel, etc.

3. Dar de alta a la vivienda
El punto más importante es dar de alta a la propiedad. Hay que reunir una serie de documentos necesarios, como son:

  1. Acreditación de la propiedad de la vivienda, o del derecho a explotarla.
  2. Acreditación de alta en el IGIC.
  3. Certificado de eficiencia energética.
  4. Planos de la vivienda.
  5. Seguro de responsabilidad civil (no vale solo con un seguro de hogar).

Quizás te interese también leer nuestro artículo sobre la nueva Ley de viviendas vacacionales en Canarias.

Recuerda que si necesitas asesoramiento legal personalizado, en nuestro Despacho quedamos a tu disposición para atender tus consultas y dudas al respecto.

 

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