¿Qué pasa si no me presento el día de las elecciones a la mesa electoral?

Incurrirá en un delito por abandono o incumplimiento en las Mesas Electorales sancionable con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses de acuerdo con el articulo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

 

¿Qué sucede si rechazan mi alegación de no asistir a la mesa electoral?
La decisión de rechazo de la Junta Electoral de Zona debe ser motivada y contra la misma cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.
Al margen de esta posibilidad, si había reservado vacaciones antes de la fecha en la que ha recibido la comunicación de haber sido elegido para ser parte de una mesa electoral, podrá reclamar la devolución del importe entero del viaje a las agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas…

Aunque hubiera una antelación de las elecciones generales que no fuera previsible, acudir a la mesa electoral es una obligación legal por lo tanto es inevitable, constituye entonces una causa de fuerza mayor.

Art.1105 CC: « Fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, y de los en que así lo declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables.»
La OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) recomienda también que para las reservas que se realicen entre la convocatoria de las elecciones y las notificaciones de las personas que van a ser miembro de mesas electorales se contrate un seguro de cancelación o que se efectúe una reserva con posibilidad de cancelación gratuita.

Si quieres conocer más detalles sobre este tema, te recomendamos nuestro artículo:

 

Si en la recuperación de los gastos efectuados en la reserva de tus vacaciones tienen problemas, no dudes en contactarnos, haremos todo lo posible por lograr que tus derechos sean respetados y logres la devolución íntegra de los importes.